Asociación provincial de amas de casa y consumidores

TYRIUS



  • TYRIUS aplaude la normativa europea relacionada con el servicio roaming

    Mar 10
    08

    Las operadoras de telefonía móvil ofrecerán a sus clientes un límite de consumo mensual de 50 euros por el uso de internet en otro país de la UE

    Desde el 1 de marzo de 2010, los operadores europeos de telefonía móvil están obligados por las normas de itinerancia de la UE a ofrecer a sus clientes un servicio de límite de consumo que les proteja de facturas exorbitantes al navegar por Internet con sus portátiles y teléfonos móviles en otros países de la UE.

    Según las normas de itinerancia adoptadas por el Consejo de la Unión Europea de Ministros y el Parlamento Europeo en junio de 2009, este servicio deberá, tras una advertencia, cortar la conexión móvil a Internet desde un dispositivo cuando su factura alcance un límite concreto.

    Desde TYRIUS entendemos que con esta medida se garantiza una mayor transparencia y protección de los consumidores en roaming, y se les protege ante facturas exorbitantes por usar dichos servicios. Gracias a la normativa de itinerancia de la UE, aprobada en junio de 2009, el precio que pagan los operadores por megabyte (MB) de descarga ha sido limitado a un nivel máximo de 1 € por MB, y caerá en los próximos dos años.

    En virtud del Reglamento de itinerancia 544/2009, los operadores de telefonía móvil están obligados a ofrecer a sus clientes a partir del 1 de marzo de 2010 un límite mensual de 50€ antes de cortar la línea, pero también pueden ofrecer a los clientes cualquier otro límite. Recibirán un aviso cuando llegan a 80% del límite elegido. Hasta el 1 de julio de 2010, los clientes necesitarán expresar su voluntad de beneficiarse de este servicio. Sin embargo, los clientes que no se hayan pronunciado antes del 1 de julio 2010 tendrán el límite fijado por defecto en 50€.

    Publicado en General por tyrius.

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