Las operadoras de telefonÃa móvil ofrecerán a sus clientes un lÃmite de consumo mensual de 50 euros por el uso de internet en otro paÃs de la UE
Desde el 1 de marzo de 2010, los operadores europeos de telefonÃa móvil están obligados por las normas de itinerancia de la UE a ofrecer a sus clientes un servicio de lÃmite de consumo que les proteja de facturas exorbitantes al navegar por Internet con sus portátiles y teléfonos móviles en otros paÃses de la UE.
Según las normas de itinerancia adoptadas por el Consejo de la Unión Europea de Ministros y el Parlamento Europeo en junio de 2009, este servicio deberá, tras una advertencia, cortar la conexión móvil a Internet desde un dispositivo cuando su factura alcance un lÃmite concreto.
Desde TYRIUS entendemos que con esta medida se garantiza una mayor transparencia y protección de los consumidores en roaming, y se les protege ante facturas exorbitantes por usar dichos servicios. Gracias a la normativa de itinerancia de la UE, aprobada en junio de 2009, el precio que pagan los operadores por megabyte (MB) de descarga ha sido limitado a un nivel máximo de 1 € por MB, y caerá en los próximos dos años.
En virtud del Reglamento de itinerancia 544/2009, los operadores de telefonÃa móvil están obligados a ofrecer a sus clientes a partir del 1 de marzo de 2010 un lÃmite mensual de 50€ antes de cortar la lÃnea, pero también pueden ofrecer a los clientes cualquier otro lÃmite. Recibirán un aviso cuando llegan a 80% del lÃmite elegido. Hasta el 1 de julio de 2010, los clientes necesitarán expresar su voluntad de beneficiarse de este servicio. Sin embargo, los clientes que no se hayan pronunciado antes del 1 de julio 2010 tendrán el lÃmite fijado por defecto en 50€.